Trámites y ayudas cuando se tiene un bebé

Con la llegada de un hijo comienza una nueva vida para los padres y también mucho papeleo.

Al tener un bebé es necesario realizar una serie de trámites y estar bien informado para saber qué tipo de ayudas podemos recibir.

Para que te resulte algo más fácil todo este proceso, te decimos todo lo que tendrás que hacer tras el nacimiento de tu bebé en España.

  1. Registro del nombre del bebé cuando nace. Se realiza en el Registro Civil entre las 24 horas y 7 días después de haber nacido. Necesitarás llevar la partida de nacimiento y el documento INE cumplimentado que te dan en el hospital, el libro de familia y el DNI del padre y la madre (original y copia).
  2. Empadronamiento. Es necesario para dar al bebé de alta en el CAP (Centro de Atención Primaria) que corresponda. Se realiza en la delegación del ayuntamiento más próxima. Necesitarás llevar el libro de familia y el DNI del padre y la madre (original y copia).
  3. Alta en el CAP (Centro de Atención Primaria). Hay que acudir al CAP que te corresponda para dar de alta al recién nacido y asignarle un pediatra. También se solicitará una cita para la primera revisión del bebé tras el nacimiento. Se recomienda visitar por primera vez al pediatra durante los primeros 10 días de vida del recién nacido. Necesitarás llevar el padrón del bebé como documentación.
  4. Informe de Maternidad en el CAP. Es necesario para poder solicitar el pago por baja maternal. El plazo para solicitar esta prestación es 30 días. El informe de maternidad se solicita en el CAP que te corresponda con servicio de ginecología/comadrona. Para solicitarlo necesitarás el documento de alta del hospital que acredita el parto y el nacimiento del bebé, el DNI del padre y la madre (original y copia) y el libro de familia.
  5. Prestación Maternidad. Para recibir esta prestación hay que presentar la documentación correspondiente en la Delegación Provincial más próxima del INSS, en un plazo de 30 días. La documentación que necesitas para solicitar la prestación por maternidad es: Documento de solicitud de maternidad cumplimentado (se solicita en una delegación del INSS o se descarga en su web), Certificado de Empresa (lo facilita el dpto de RRHH de la empresa donde trabajas) o declaración situación de actividad (si eres autónomo), IRPF comunicación datos (facilitado por el dpto de RRHH donde trabajas), DNI de la madre (copia y original), “Certificado del descanso por maternidad” o “Informe de maternidad” (expedido por el correspondiente Servicio Público de Salud), y el libro de familia. Si se da el caso de opción a favor del otro progenitor, habrá que cumplimentar la “Opción de la prestación de maternidad en favor del otro progenitor”.
  6. Prestación Paternidad. La documentación correspondiente deberá presentarse en la Delegación Provincial más próxima del INSS en un plazo máximo de 30 días. Necesitarás llevar el documento de solicitud de paternidad cumplimentado, el Certificado de Empresa o declaración situación de actividad, IRPF comunicación datos, DNI del padre (original y copia) y el libro de familia.

Otras ayudas:

  • Ayuda madre trabajadora. Se puede solicitar después de realizar la inscripción en el Registro Civil. La deducción por maternidad será de hasta 1.200€ anuales por hijo menor de 3 años (Ayuda Agencia Tributaria). El impreso se presenta en la Delegación Provincial más próxima del INSS (si la madre está en el paro) o en las oficinas de la AEAT si la madre está trabajando. Necesitarás el Modelo 140 que se solicita en Hacienda o el Registro Civil, el DNI de la madre y el libro de familia.
  • Cheque bebé. El cheque bebé es un pago único de 2.500€ que puede solicitarse a partir del momento en que se inscribe al bebé en el Registro Civil. El impreso Modelo 141 se solicita en Hacienda o el Registro Civil y debe presentarse en la Delegación Provincial más próxima del INSS si la madre está en el paro o en las oficinas de la AEAT si la madre está trabajando. También necesitarás llevar el DNI y el libro de familia.

Vía: medicablogs.diariomedico.com